La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia homologó el desistimiento del procedimiento y de la acción en la demanda de nulidad interpuesta por BAYER SCHERING PHARMA AG contra resoluciones del Ministerio del Poder Popular para el Comercio Nacional. La decisión se fundamenta en la capacidad del apoderado judicial para desistir de la acción, cumpliendo con los requisitos legales establecidos en el Código de Procedimiento Civil.
Extracto de la motiva
Precisados los requisitos legalmente establecidos para que proceda la homologación del desistimiento de la acción por parte de este Máximo Tribunal, corresponde a la Sala determinar si en el presente caso se verifican tales extremos y, en ese sentido, como resultado de la revisión efectuada a los instrumentos y demás elementos probatorios cursantes en el expediente de la presente causa, se colige lo siguiente: En la decisión Nro. 00047 del 16 de marzo de 2021, se observó lo siguiente: i) Riela inserto a los folios 66 al 68 de la pieza 1 del expediente, un ejemplar en copias certificadas del instrumento poder autenticado el 18 de septiembre de 2009, anotado bajo el Nro. 16, Tomo 44 de los Libros de Registro de Poderes llevados por la Notaría Pública Duodécima del Municipio Libertador del Distrito Capital, de cuya simple lectura se desprende que el abogado Andrés José Linares Benzo, previamente identificado, actúa en la presente causa de conformidad con el poder (para actuar conjunta o separadamente con un grupo de abogados allí identificados), que le fuera sustituido por la abogada María Milagros Nebreda, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 17.937, actuando a su vez con el carácter de apoderada judicial de la empresa Alemana Bayer Schering Pharma AG. ii) A través del referido instrumento se facultó al abogado Andrés José Linares Benzo, para que sostuviera y defendiera los derechos e intereses de la mencionada compañía en asuntos relacionados con marcas, denominaciones comerciales, patentes de invención, modelos y dibujos, licencias de sanidad y protección de los derechos intelectuales tanto en Venezuela como en el exterior, representarla en todos los asuntos judiciales que le conciernan, así como ejercer las facultades contenidas en el instrumento que en el sustituye, entre las que se encuentra expresamente la de desistir. iii) A su vez, el poder otorgado a la abogada María Milagros Nebreda, antes identificada, fue conferido ante las autoridades competentes de la ciudad de Berlín, Alemania, por los ciudadanos Arnd Schumann, Thomas Schmitt (sin identificación en autos), actuando como Funcionarios Corporativos de Bayer Schering Pharma AG, cuya traducción al español debidamente apostillada riela inserta a los folios 69 al 73 de la misma pieza 1 del expediente.
Dispositiva
Declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO del procedimiento y de la acción en la demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, interpuesta por la representación judicial de la sociedad mercantil BAYER SCHERING PHARMA AG.