La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró la extinción de la acción por pérdida del interés procesal en la demanda interpuesta por Rafael José Estévez Maza contra la Corporación Eléctrica Nacional S.A. (CORPOELEC). La decisión se fundamenta en la falta de interés procesal del demandante, quien no realizó las actuaciones necesarias para continuar con el juicio. Se ordenó el cierre y archivo del expediente, concluyendo así el proceso judicial.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Examinadas las actas procesales que se han descrito anteriormente, esta Sala observa lo siguiente: En fecha 3 de octubre de 2024, esta Sala dictó decisión número 00691, mediante la cual declaró la extinción de la acción por pérdida del interés procesal en la “demanda por daño moral, lucro cesante y daño emergente”, interpuesta por el ciudadano Rafael José Estévez Maza, asistido por el abogado Edgar Rangel Parra contra la sociedad mercantil C.A., Electricidad de Oriente (ELEORIENTE), hoy Corporación Eléctrica Nacional S.A. (CORPOELEC). Seguidamente se libraron los oficios y boletas de notificación ordenadas en el referido fallo, las cuales fueron debidamente practicadas. En atención a lo expuesto, se evidencia que no existen más actuaciones que realizar en el caso de autos, razón por la cual se declara que ha concluido el presente juicio y en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente. (Vid., sentencia de
Dispositiva
Se ORDENA el cierre y archivo del expediente.
Palabras clave
extinción de la acciónpérdida del interés procesaldaño moral