La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por La Estancia Hotel Bar Restaurant C.A. contra la resolución de imposición de sanción del Municipio Nirgua, que había determinado un tributo omitido y una multa. Se argumenta que la administración tributaria vulneró el derecho al debido proceso y a la defensa al no seguir los procedimientos establecidos en el Código Orgánico Tributario. La sentencia confirma la nulidad de los actos administrativos impugnados y establece que no procede la condenatoria en costas procesales al ente local.
Extracto de la motiva
MOTIVACIÓN PUNTOS PREVIOS: 1.- Estando el asunto en etapa de sentencia definitiva y no habiendo sido resuelta la solicitud de suspensión de efectos del acto impugnado formulada por la parte recurrente en el petitorio del escrito recursivo, resulta inoficioso pronunciarse sobre dicha solicitud. 2.- Las partes no promovieron pruebas ni presentaron sus respectivos escritos de informes, cuyo término venció el 03 de mayo de 2017, habiendo comenzado el 04 de abril de 2017al haber dado el Tribunal despacho el 04, 05, 06, 07, 17, 18, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28 de abril; 02, 03 del mes de mayo, ambos del año 2017, aun cuando la parte recurrida consignó copia del expediente administrativo. 3.- Visto que la parte recurrida no presentó escrito de informes, se examinará la legalidad del acto recurrido con las documentales anexadas por la recurrente con el escrito recursivo, con las copias del expediente administrativo remitido por la parte recurrida y se analizará asimismo la copia de la Ordenanza de Impuesto a las Actividades Económicas, Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar que consignó la representación judicial de la Alcaldía del Municipio Nirgua en el asunto No. KP02-U-2015-00030 que también conoce este Tribunal y quien expresó que por razones económicas sólo se consignó un ejemplar de la misma, por lo cual con base en el motivo alegado, este Tribunal consideró cumplido el auto para mejor proveer dictado solicitando la mencionada Ordenanza. 4.-El 20 de noviembre de 2017 se ordenó darle entrada y agregar las resultas de la comisión de notificación relacionada con el auto para mejor proveer, pero antes de esa fecha, se había indicado que se había dado cumplimiento al referido auto. (…Omissis…) IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 15 de 49 1.- VICIO DE INCOMPETENCIA POR EXTRALIMITACIÓN DE FUNCIONES: Del contenido del vicio alegado se determina que se hace mención a dos de las figuras que configuran la incompetencia como si se trata de una sol
Dispositiva
Se declara con lugar el recurso contencioso tributario ejercido con medida cautelar de suspensión de efectos por la sociedad mercantil La Estancia Hotel Bar Restaurant C.A., contra el 'escrito S/N°' dictado en fecha 13 de marzo de 2015, notificado el 14 de abril de 2015, emanado del Departamento de Administración Tributaria de la Alcaldía Municipio Nirgua del Estado Yaracuy que dio 'respuesta' al Recurso Jerárquico ejercido contra la 'Resolución de Imposición de Sanción DHM 152-2014' del 18 de diciembre de 2014, notificada el día 19 del mismo mes y año, que impuso la obligación de pagar a cargo del contribuyente los siguientes reparos: i) 'trescientos cuarenta y nueve mil doscientos sesenta y tres bolívares con dieciocho céntimos (Bs. 349.263,18)', por concepto de 'tributo omitido' para los períodos fiscales 2010, 2011, 2012 y 2013, en materia de impuesto a las actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar; y ii) 'trescientos cuarenta y nueve mil doscientos sesenta y tres bolívares con dieciocho céntimos (Bs. 349.263,18)', como sanción de multa aplicada, actos administrativos que se ANULAN.