Sentencia N° 765 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de noviembre de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00765, Exp. 2017-0650, 27/11/2019
Expediente2017-0650
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2019-11-26
DecisiónHOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN

Resumen

La sentencia se refiere a la homologación de una transacción presentada por el Instituto Nacional de Higiene 'Rafael Rangel' contra las sociedades mercantiles Seguros Ávila, C.A. y Corporación Medven, C.A. La Sala Político-Administrativa del TSJ declara homologada la transacción, la cual pone fin al juicio por ejecución de fianza e indemnización por daños y perjuicios. Se destaca que la transacción fue realizada por representantes con capacidad para transigir y que no versa sobre materias prohibidas.

Extracto de la motiva

De la interpretación concordada de las normas transcritas, se evidencia que la transacción judicial es un medio de autocomposición procesal a través del cual las partes, de mutuo acuerdo ponen fin a un litigio pendiente mediante concesiones recíprocas, sin necesidad de que el juez conozca del fondo de la causa; sin embargo tiene la misma fuerza jurídica que una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, por lo que una vez homologada por el órgano jurisdiccional correspondiente, procede su inmediata ejecución. Debe precisarse además, que el ordenamiento jurídico impone para su validez el cumplimiento de determinadas exigencias cuya inobservancia es sancionada con la nulidad del acuerdo. Así, la transacción está sometida a las mismas condiciones requeridas para la validez de los contratos en general y, muy especialmente, las que aluden a la capacidad y poder de disposición de las personas que la suscriben (vid., sentencia de esta Sala Núm. 00268 del 2 de marzo de 2011). Partiendo de tales premisas, corresponde a esta Máxima Instancia verificar en el presente caso la concurrencia de los mencionados requisitos, los cuales son: i) si los suscribientes de la transacción tienen capacidad para transigir y ii) si aquella versa sobre derechos disponibles por las partes (vid., sentencia de esta Sala Núm. 00615, de fecha 22 de junio de 2016).

Dispositiva

1.- HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN suscrita por los representantes judiciales del INSTITUTO NACIONAL DE HIGIENE “RAFAEL RANGEL”, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Salud y de las sociedades mercantiles SEGUROS ÁVILA, C.A., y CORPORACIÓN MEDVEN, C.A. 2.- Se da por TERMINADO el presente juicio. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

transacciónhomologaciónlitigioderechoscapacidadcontratos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca