DecisiónExtinción de la acción por pérdida del interés
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de hecho interpuesto por la Asociación Cooperativa Mixta La Salvación, R.L. contra un auto del Juzgado de Sustanciación. Se constató que desde la última actuación de la parte recurrente en noviembre de 2019, no hubo ningún impulso procesal, lo que evidenció una inactividad prolongada. Ante la falta de interés manifestada por la demandante, la Sala declaró la extinción de la acción por pérdida del interés procesal.
Extracto de la motiva
En el presente caso, como ha sido expuesto, habiéndose constatado que la última actuación de la recurrente tendiente a impulsar el proceso se verificó el día 6 de noviembre de 2019, es decir, hace más de cuatro (4) años, esta Sala ordenó notificarla para que este manifestara su interés en que se decidiera esta causa. Practicada la notificación en la forma descrita en los párrafos que anteceden (publicación en cartelera y página web de este Tribunal), venció el lapso establecido sin que la accionante manifestara su interés, por tanto, atendiendo al precedente jurisprudencial citado en líneas anteriores, debe esta Sala declarar la extinción de la acción por pérdida del interés procesal. (Vid., entre otras, sentencias Nro. 01092 de fecha 8 octubre de 2015 y Nro. 826 del 19 de julio de 2017, ambas dictadas por esta Sala). Así se declara.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el recurso de hecho interpuesto por la ASOCIACIÓN COOPERATIVA MIXTA LA SALVACIÓN, R.L., contra el auto del Juzgado de Sustanciación de fecha 10 de octubre de 2019.
Palabras clave
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