La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara procedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por el Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal, contra varios Decretos y Resoluciones que establecen un sistema de retención tributaria. La decisión se fundamenta en la existencia de un interés jurídico actual del demandante y la posibilidad de que la ejecución de los actos administrativos impugnados cause daños irreparables. Se resalta la importancia de proteger los derechos de los justiciables en el marco de la tutela judicial efectiva.
Extracto de la motiva
En este sentido, surge evidente que la sociedad mercantil Banco Exterior, C.A., Banco Universal, se encuentra en la misma situación jurídica que el Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal frente a los Municipios de los cuales emanaron los actos cuestionados, y que se admitió su intervención adhesiva litisconsorcial en la causa principal; por consiguiente, esta Sala declara procedente la extensión de los efectos de la sentencia número 00994 del 10 de agosto de 2018, que declaró procedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada con la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la sociedad de comercio Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal, contra los Decretos y Resoluciones supra señalados, a la sociedad mercantil Banco Exterior C.A. Banco Universal. Así se declara.
Dispositiva
Se declara PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada con la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la sociedad de comercio BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, contra los Decretos Nros. 001-04-03-15, DDA-005-017, 001-2018 AMSR y AMA-DA-001-2018, de fechas 4 de marzo de 2015, 4 de abril de 2017, 19 de enero y 15 de febrero de 2018.
Palabras clave
medida cautelarsuspensión de efectosintervención adhesivalitisconsorcioderechosactos administrativosjurisdicción contencioso administrativa