Sentencia N° 754 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de junio de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00754, Exp. 2006-0389, 03/06/2009
Expediente2006-0389
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-06-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Gregorio Martín Carrasquero Argüello contra la decisión de la Comisión Judicial que dejó sin efecto su designación como Juez Provisorio. La Sala argumenta que la Comisión Judicial tiene la potestad discrecional para remover a jueces provisorios sin necesidad de un procedimiento administrativo previo ni de motivar su decisión. Se establece que la estabilidad de los jueces provisorios está sujeta a la participación en concursos de oposición, lo que no ocurrió en este caso.

Extracto de la motiva

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, por el ciudadano GREGORIO MARTÍN CARRASQUERO ARGÜELLO, contra la decisión del 16 de noviembre de 2005 dictada por la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. En consecuencia, FIRME el acto administrativo impugnado.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, por el ciudadano GREGORIO MARTÍN CARRASQUERO ARGÜELLO, contra la decisión del 16 de noviembre de 2005 dictada por la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. En consecuencia, FIRME el acto administrativo impugnado. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente administrativo y archívese el judicial. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

actos administrativosdiscrecionalidadderechos laboralesjueces provisoriosprocedimiento administrativo

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