La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara procedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por el Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal, contra varios Decretos y Resoluciones emitidos por Alcaldes de diferentes municipios. La decisión se fundamenta en la existencia de un interés jurídico actual y la potencial amenaza de daño real para la entidad demandante si no se concede la medida cautelar. La Sala también admite la intervención adhesiva del Banco Provincial, S.A. Banco Universal, en el proceso.
Extracto de la motiva
Siendo así, como se indicó en líneas precedentes, el Juzgado de Sustanciación de esta Sala, mediante sentencia número 505 del 26 de septiembre de 2018, “(…) admite cuanto ha lugar en derecho la intervención adhesiva litisconsorcial propuesta en el presente juicio por la sociedad mercantil Banco Provincial S.A. Banco Universal –al pretender coadyuvar en la causa al accionante, Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal–, por no ser contraria a la ley, a las buenas costumbres o al orden público, así como por satisfacer las exigencias legales para su admisión (…)”. En este sentido, surge evidente que la sociedad mercantil Banco Provincial, S.A., Banco Universal, se encuentra en la misma situación jurídica que el Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal frente a los Municipios de los cuales emanaron los actos cuestionados, y que se admitió su intervención adhesiva litisconsorcial en la causa principal; por consiguiente, esta Sala declara procedente la extensión de los efectos de la sentencia número 00994 del 10 de agosto de 2018, que declaró procedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada con la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la sociedad de comercio Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal, contra los Decretos y Resoluciones supra señalados, a la sociedad mercantil Banco Provincial S.A. Banco Universal. Así se declara.
Dispositiva
Declara PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada con la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la sociedad de comercio BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, contra los Decretos Nros. 001-04-03-15, DDA-005-017, 001-2018 AMSR y AMA-DA-001-2018, de fechas 4 de marzo de 2015, 4 de abril de 2017, 19 de enero y 15 de febrero de 2018.
Palabras clave
medida cautelarsuspensión de efectosnulidadBanco de VenezuelaDecretos