Sentencia N° 751 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de julio de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00751, Exp. 2005-1980, 22/07/2010
Expediente2005-1980
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2010-07-21
DecisiónEjecución Voluntaria

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia N° 00078, declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por varios ciudadanos contra un acto administrativo del Ministro del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones. La decisión ordena la ejecución voluntaria de la sentencia, estableciendo que la Procuraduría General de la República debe informar sobre la forma y oportunidad de cumplimiento en un plazo de sesenta días.

Extracto de la motiva

Como puede apreciarse, las normas antes transcritas establecen una primera etapa para obtener la ejecución de las decisiones dictadas contra la República, esto es, la Procuraduría General de la República, a solicitud del Tribunal y dentro de los sesenta (60) días siguientes a su notificación, propondrá la forma y oportunidad para dar cumplimiento al fallo, disponiendo el órgano demandado de treinta (30) días a fin de informar sobre la ejecución de lo ordenado en la sentencia. Una vez notificada la parte de la propuesta que presente el referido órgano administrativo, podrá aprobar o rechazar la proposición y en el último caso, esta Sala fijará otro plazo para presentar una nueva propuesta.

Dispositiva

En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta la EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la sentencia 00078 de fecha 27 de enero de 2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 87 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y 108 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En consecuencia, se ordena a la Procuraduría General de la República que dentro del lapso de sesenta (60) días continuos contados a partir de su notificación, informe a esta Sala la forma y oportunidad de dar cumplimiento a la sentencia N° 00078 de fecha 27 de enero de 2010.

Palabras clave

ejecución voluntariasentenciacontencioso administrativo

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