Sentencia N° 750 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de julio de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00750, Exp. 2002-0620, 02/07/2008
Expediente2002-0620
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2008-07-01
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Laboratorios Substantia, C.A. contra la Resolución Nº 017 del 18 de enero de 2002, que autorizó a Meyer Productos Terapéuticos, S.A. la comercialización del producto farmacéutico 'Vastor'. La Sala argumentó que la autorización no vulneró los derechos de propiedad intelectual de la recurrente, ya que el producto 'Vastor' es considerado un medicamento genérico y su comercialización responde a la necesidad de garantizar el acceso a medicamentos a la población, priorizando la salud pública sobre los intereses particulares de la empresa recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el producto farmacéutico 'Vastor' es una copia del medicamento registrado previamente bajo el nombre de 'Lipitor', y que la autorización de su comercialización se realizó en el marco de la normativa vigente. Se concluye que el Estado, al otorgar la autorización, actuó en defensa del interés colectivo y de la salud pública, sin que se verifique la vulneración de derechos de propiedad intelectual. La Sala reafirma que la protección de la información confidencial no debe ser indefinida, y que el acceso a medicamentos genéricos es fundamental para la salud de la población.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la sociedad mercantil LABORATORIOS SUBSTANTIA, C.A., contra la Resolución Nº 017 de fecha 18 de enero de 2002, dictada por el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL (hoy Ministerio del Poder Popular para la Salud) publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.573 Extraordinario, de fecha 23 de enero de 2002. En consecuencia, queda firme el acto recurrido.

Palabras clave

nulidadmedicamentospropiedad intelectualsalud públicaVastorLipitor

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