Sentencia N° 75 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de marzo de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00075, Exp. 2021-0084, 10/03/2022
Expediente2021-0084
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoVías de Hecho
Fecha de la decisión2022-03-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió una demanda por vía de hecho interpuesta por el Coronel Domingo Antonio Zurita Pérez contra el Ministerio del Poder Popular para la Defensa, debido a la falta de pago de salarios correspondientes a los meses de junio y julio de 2021. La representación judicial argumentó que el demandante no había recibido su salario y que la administración había quebrantado su derecho constitucional al salario, lo que generó una situación de vulnerabilidad económica para él y su familia. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y ordenó citar al Ministro del Poder Popular para la Defensa para que informara sobre la causa de la vía de hecho denunciada. Además, se notificó a la Procuraduría General de la República y al Ministerio Público para que emitieran opinión sobre el asunto. Finalmente, la Sala declaró con lugar la demanda y ordenó la regularización del pago de salarios pendientes, reafirmando la obligación del Ministerio del Poder Popular para la Defensa de cumplir con el mandato constitucional de realizar el pago respectivo del salario a los militares activos.

Extracto de la motiva

Cabe resaltar a su vez que esta Sala, mediante decisión Nro. 1.177 de fecha 24 de noviembre de 2010, ratificada reiteradamente (Vid. entre otras, sentencia Nro. 1.177 publicada el 6 de agosto de 2014, caso: Asociación Civil Espacio Público), estableció la forma como debe desarrollarse en los Tribunales Colegiados el procedimiento breve descrito en las normas citadas. En este sentido, este Alto Tribunal precisó: “(…) Persigue así el legislador arbitrar un procedimiento expedito que resulte cónsono con la naturaleza y finalidad de la pretensión deducida, en tanto la materia se relaciona con principios cardinales de derecho público y rango constitucional, tales como el derecho a ser notificado de la apertura de cualquier procedimiento que afecte intereses de los particulares, de alegar y disponer del tiempo y los medios adecuados para su defensa; el derecho a servicios básicos de calidad; así como el derecho a dirigir peticiones a cualquier autoridad y obtener oportuna y adecuada respuesta. De ahí que se haya pensado en evitar demoras inconvenientes mediante la aplicación de un procedimiento que constituya garantía del efectivo y rápido restablecimiento de la situación jurídica infringida. Considera la Sala, dada la naturaleza breve del procedimiento en cuestión, que su tramitación (admisión, notificación, audiencia oral y decisión), en los tribunales colegiados, debe realizarse directamente ante el juez de mérito, en este caso, la Sala Político-Administrativa, ello en virtud del carácter breve del referido procedimiento por el cual corresponde a dicho juez instruir directamente el expediente. Por tanto, sólo procederá la remisión de la solicitud al Juzgado de Sustanciación en aquellos casos en que los asistentes a la audiencia, si así lo consideran pertinente, presentan sus pruebas y las mismas por su naturaleza, necesiten ser evacuadas.

Dispositiva

1) Su COMPETENCIA para conocer y decidir la demanda por vía de hecho interpuesta por la representación judicial del ciudadano DOMINGO ANTONIO ZURITA PÉREZ, Coronel de la Aviación Militar Bolivariana, contra el ciudadano MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA. 2) ADMITE la demanda por vía de hecho interpuesta por el actor. 3) ORDENA citar al ciudadano MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, requiriéndole que informe en un lapso de cinco (5) días de despacho contados a partir de que conste en autos su citación, sobre la causa de la vía de hecho denunciada por el demandante en el presente procedimiento. 4) ORDENA notificar a la Procuraduría General de la República y al Ministerio Público acerca de la presente causa.

Palabras clave

vía de hechosalariomilitar activoMinisterio del Poder Popular para la Defensa

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