La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos Francisco Ramón Colmenarez Arrieche y Moisés González Blanco contra los actos administrativos Nros. DS-1616 y DS-1617, dictados por el Ministro de la Defensa. Los recurrentes alegaron violaciones al debido proceso y a la defensa, argumentando que los actos administrativos eran nulos por no haberse seguido el procedimiento adecuado. Sin embargo, la Sala consideró que se respetaron las garantías procesales y que la Administración actuó conforme a la ley al sancionar a los recurrentes por faltas graves en el ejercicio de sus funciones militares.
Extracto de la motiva
La jurisprudencia de esta Sala ha sido reiterada al sostener que independiente que la justicia ordinaria investigue, condene y sancione o no la conducta de los efectivos militares en tanto incurran en hechos punibles de carácter penal no militar cuyo conocimiento no esté atribuido a la jurisdicción militar, no exime a la Administración de efectuar per se una investigación paralela a los fines de calificar la conducta de sus efectivos y de imponer sanciones administrativas a que haya lugar. En el presente caso, efectivamente la Administración militar, previo el procedimiento legalmente establecido para ello, decidió sancionar a los recurrentes por transgredir normas de conducta atinentes a la vida castrense, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Castigos Disciplinarios N° 6, ello independientemente del juicio llevado por el Tribunal Penal de Control de Coro y de la investigación que sigue la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Falcón, en relación con los hechos que se les imputan. Así, esta Sala observa que las sanciones disciplinarias adoptadas en sede administrativa, en principio no dependen para su imposición de la calificación jurídica como delito o falta que la jurisdicción penal otorgue a la comisión del mismo hecho que originó el proceder de la Administración.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Enrique Peréz Bermúdez, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FRANCISCO RAMÓN COLMENAREZ ARRIECHE y MOISÉS GONZÁLEZ BLANCO, antes identificados, contra los actos administrativos Nros. DS-1616 y DS-1617 de fecha 26 y 27 de abril de 2004, respectivamente, dictados por el Ministro de la Defensa. En consecuencia, quedan firmes los actos administrativos recurridos.
Palabras clave
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