Sentencia N° 747 — Sala Político Administrativa del TSJ, 17 de octubre de 2024

TSJ/SPA, Sent. N° 00747, Exp. 2019-0003, 17/10/2024
Expediente2019-0003
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2024-10-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de la empresa LS Cable & System LTD, en relación a la notificación de la renuncia de su apoderado judicial, Edwin Antonio Romero, a la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV). Se determinó que la renuncia no surtiría efectos debido a que no se notificó debidamente a la empresa demandada, lo que generó una controversia sobre el vencimiento de los plazos establecidos en sentencias anteriores. La Sala decidió anular el auto que dejaba constancia del vencimiento del lapso y ordenó la reapertura del mismo para garantizar el debido proceso.

Extracto de la motiva

motiva (…)”. (Sic). (Mayúsculas del original). En atención a lo cual, el 5 de diciembre de 2022, se recibió el oficio número PRES/CJ/2022-541, fechado el día 2 de igual mes y año, contentivo de la información suministrada por el entonces Presidente (E) del Banco de Comercio Exterior, C.A. (BANCOEX), respecto a las solicitudes de divisas realizadas por la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV), al Banco de Comercio Exterior (BANCOEX), en el marco de los contratos de fideicomiso suscritos entre dichas partes con el objeto de dar cumplimiento a las acreencias reclamadas por la empresa LS Cable & Sistem LTD. El 25 de mayo de 2023, la abogada Kathleen G. Barrios Balzán, inscrita en el INPREABOGADO con el número 246.803, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil LS Cable & System LTD, consignó diligencia solicitando que se dicte sentencia en la presente causa. En fecha 20 de junio de 2023, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, publicó la sentencia número 0545, a través de la cual ordenó notificar a: “(…) 1.- El CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR (CENCOEX), para que por vía de colaboración, informe dentro

Dispositiva

Se ANULA el auto de fecha 18 de junio de 2024, mediante el cual se dejó constancia del vencimiento del lapso establecido en la sentencia número 01094, de fecha 5 de diciembre de 2023. Se ORDENA la reapertura del lapso otorgado en la referida decisión, a los fines de notificar a la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV), para que informe dentro del lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos su notificación, los números de solicitudes asignados por el sistema del Registro Único de Solicitudes de Adquisición de Divisas.

Palabras clave

notificaciónrenunciaapoderado judicialCANTVLS Cable & System LTD

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