Sentencia N° 747 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de junio de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00747, Exp. 2008-0329, 19/06/2008
Expediente2008-0329
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2008-06-18
DecisiónDesistida

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistida la apelación interpuesta por el Banco Occidental de Descuento, Banco Universal, C.A. contra la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La apelación fue ejercida el 13 de febrero de 2008, y se fundamenta en la falta de consignación de alegatos dentro del lapso establecido, lo que conlleva a la aplicación del desistimiento tácito según la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

El aparte 18 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, dispone lo siguiente: “Las apelaciones que deben tramitarse ante el Tribunal Supremo de Justicia seguirán los siguientes procedimientos: Iniciada la relación de la causa, conforme a los autos, la parte apelante deberá presentar un escrito donde exponga las razones de hecho y de derecho en que fundamenta la apelación, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes. Inmediatamente, se abrirá un lapso de cinco (5) días hábiles continuos, para que la otra parte dé contestación a la apelación. La falta de comparecencia de la parte apelante se considerará como desistimiento de la acción, y así será declarado, de oficio o a instancia de la otra parte”. (Destacado de la Sala). El citado artículo establece la carga procesal para la parte apelante, de presentar dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al inicio de la relación de la causa, conforme a los autos, un escrito en el que exponga las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación. De igual forma, establece que la falta de comparecencia se considerará como desistimiento tácito de la acción y así deberá ser declarado, de oficio o a instancia de parte.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación ejercida el 13 de febrero de 2008, por la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la sentencia de fecha 23 de enero de 2008, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual se declaró desistido el presente recurso. Por tanto, queda FIRME el fallo apelado, conforme a lo previsto en el aparte 17 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca