Sentencia N° 747 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de marzo de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00747, Exp. 2006-0386, 22/03/2006
Expediente2006-0386
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-03-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en relación a un recurso de nulidad interpuesto por la Mancomunidad Cuerpo de Bomberos del Este. La Sala determinó su competencia para resolver el conflicto y estableció que el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital es el órgano competente para conocer del recurso de nulidad contra la Providencia Administrativa N° 63-98.

Extracto de la motiva

La Sala observa que en principio el conflicto de competencia surgió entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, siendo el último tribunal mencionado el que ha debido plantear el conflicto en cuestión. Ahora bien, visto que tanto los tribunales antes referidos como la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo se declararon incompetentes para conocer del recurso de nulidad ejercido contra la Providencia Administrativa N° 63-98 del 15 de diciembre de 1998, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas; y por cuanto los dos últimos tribunales que declararon su incompetencia tienen atribuida la competencia en materia contencioso administrativa, esta Sala Político-Administrativa al ser el máximo órgano en dicha jurisdicción, se declara competente para conocer el conflicto planteado.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE para resolver el conflicto de competencia suscitado en el presente proceso. 2.- QUE CORRESPONDE AL JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, la COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Jorge Monasterio Orozco, en su carácter de apoderado judicial de la MANCOMUNIDAD CUERPO DE BOMBEROS DEL ESTE contra la Providencia Administrativa N° 63-98 del 15 de diciembre de 1998, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso de nulidadInspectoría del TrabajoCuerpo de BomberosÁrea MetropolitanaProvidencia AdministrativaJuzgado Superior

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