Sentencia N° 746 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de junio de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 00746, Exp. 2010-1118, 27/06/2012
Expediente2010-1118
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-06-26
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de corrección de un error de transcripción en la decisión N° 01264, que declaró inadmisible el recurso de apelación del Fisco Nacional. La Sala determinó que la solicitud era improcedente, ya que la transcripción no contenía contradicciones que afectaran la ejecución del fallo. Se reafirmó la firmeza de la decisión N° 1495 del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente.

Extracto de la motiva

La posibilidad de hacer correcciones a las sentencias judiciales por medios específicos, se encuentra establecida en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente de conformidad con lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Tales medios de corrección de fallos consisten en: aclaratorias, salvar omisiones, rectificaciones y ampliaciones. Cada uno de ellos tiene finalidades diferentes y su aplicación dependerá de las circunstancias que se planteen en cada caso particular. Al respecto, el citado artículo 252 del Código de Procedimiento Civil prevé lo que a continuación se transcribe: 'Artículo 252.- Después de pronunciada la sentencia definitiva o la interlocutoria sujeta a apelación, no podrá revocarla ni reformarla el Tribunal que la haya pronunciado. Sin embargo, el Tribunal podrá, a solicitud de parte, aclarar los puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, que aparecieren de manifiesto en la misma sentencia, o dictar ampliaciones, dentro de tres días, después de dictada la sentencia, con tal de que dichas aclaraciones y ampliaciones las solicite alguna de las partes en el día de la publicación o en el siguiente'.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la corrección de “un error de transcripción” formulada por la apoderada judicial de la contribuyente CORAL, C.A., presuntamente contenido en la decisión N° 01264 dictada por esta Máxima Instancia el día 13 de octubre del 2011 y publicada el 18 del mismo mes y año, que declaró inadmisible el recurso de apelación ejercido por la representación en juicio del Fisco Nacional; contra la sentencia definitiva N° 1495 de fecha 10 de agosto de 2010, emitida por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario que interpusiera conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos el 17 de septiembre de 2009.

Palabras clave

correcciónsentenciaCódigo de Procedimiento Civilerror de transcripciónadministración tributariasancionesunidad tributaria

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