DecisiónLA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la demanda de nulidad absoluta interpuesta por José Tibulio Sánchez Mora contra un acto administrativo del Consejo de la Judicatura. Se constató que la parte actora no había dado impulso procesal durante más de 24 años, lo que llevó a la Sala a declarar la extinción de la acción por pérdida del interés procesal. La decisión se fundamenta en la falta de actividad procesal y el derecho a la tutela judicial efectiva.
Extracto de la motiva
En el presente caso, como ha sido expuesto, se observó que desde el 9 de agosto de 2000, oportunidad en la que se solicitó que a la brevedad posible se decidiera la causa, hasta la presente fecha han trascurrido más de veinticuatro (24) años, sin que la parte actora haya dado impulso procesal a la referida “demanda de nulidad absoluta”, por tanto, atendiendo al precedente jurisprudencial citado en líneas anteriores, debe esta Sala declarar la extinción de la acción por pérdida del interés procesal. (Vid., entre otras, sentencias de esta Sala números 826 de 19 de julio de 2017 y 00405 del 11 de mayo de 2023). Así se declara.
Dispositiva
LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL en la “demanda de nulidad absoluta”, interpuesta por los abogados Alice Carolina Ortiz Escobar, Iván Pérez Rueda, Eunicis Moreno de Pascher y Martín Ortiz Escobar, en representación del ciudadano JOSÉ TIBULIO SÁNCHEZ MORA, todos antes identificados, contra el acto administrativo número 0067 de fecha 8 de mayo de 1998.