La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios presentada por Aleaciones No Ferrosas S.A. contra C.V.G. Industria Venezolana de Aluminio (C.V.G. VENALUM). La decisión se basa en la falta de cualidad de la parte actora para sostener el juicio, dado que la reestructuración del pasivo y la reorganización convenida en el contrato también beneficiaba a otras sociedades vinculadas, las cuales no fueron parte en el juicio. La Sala también desestima la cuestión previa sobre la prohibición de la ley de admitir la acción propuesta, considerando que la parte actora cumplió con el procedimiento administrativo previo requerido.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 11° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la prohibición de la ley de admitir la acción propuesta. SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios intentada por ALEACIONES NO FERROSAS S.A., contra la sociedad mercantil C.V.G. INDUSTRIA VENEZOLANA DE ALUMINIO (C.V.G. VENALUM) y como consecuencia de ello NO HAY LUGAR a decidir la reconvención planteada por esta última contra la actora.
Palabras clave
cumplimiento de contratoindemnizacióndaños y perjuiciosfalta de cualidadreconstrucción de pasivosC.V.G. VENALUMAleaciones No Ferrosas