Sentencia N° 741 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de junio de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00741, Exp. 2014-0134, 30/06/2015
Expediente2014-0134
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-06-29
DecisiónLA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DE INTERÉS

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Douglas Edwin Deroy Romero contra el silencio administrativo del Ministerio de la Defensa. Se ordenó la notificación del demandante para que manifestara su interés en continuar la causa, pero transcurrieron más de diez años sin que se presentara actuación alguna por parte del demandante. La Sala, al revisar el expediente, constató la falta de interés procesal y decidió declarar extinguida la acción.

Extracto de la motiva

Dado que en el caso bajo análisis la revisión de las actas procesales han permitido apreciar que se encuentra vencido el lapso establecido para que la parte demandante manifestase su interés en la continuación del proceso; en consecuencia, al haber transcurrido el lapso otorgado para la comparecencia del actor sin que éste hubiese acudido ante esta instancia jurisdiccional, conforme a los criterios jurisprudenciales aludidos, procede declarar extinguida la acción por pérdida del interés procesal. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DE INTERÉS en el recurso de nulidad interpuesto con medida cautelar innominada por el ciudadano DOUGLAS EDWIN DEROY ROMERO, contra “el silencio administrativo del recurso jerárquico ejercido ante el MINISTERIO DE LA DEFENSA, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, con ocasión al silencio tácito denegatorio del recurso de reconsideración interpuesto en fecha 23 de septiembre de 2002, contra la decisión de la Junta Permanente de Evaluación del Ejército de las Fuerzas Armadas Nacionales en fecha 19 de agosto de 2002 por el cual se le notificó el no ascenso por estar incurso en el artículo 155 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales al tener una averiguación administrativa en proceso. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

interés procesalextinción de la acciónsilencio administrativorecurso de nulidadjusticia administrativa

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