La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara extinguida la acción de cumplimiento de contrato interpuesta por la sociedad mercantil EMPRESA TOSCANY, C.A. contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE) debido a la pérdida sobrevenida de interés procesal. La decisión se fundamenta en la falta de impulso procesal por parte de la demandante, quien no compareció a manifestar su interés tras la notificación realizada por la Sala.
Extracto de la motiva
En virtud de la imposibilidad de practicar la notificación personal de la demandante, por cuanto el Alguacil de esta Sala se trasladó al domicilio que aparece en el libelo, pero el mismo “no está actualizado”, se acordó fijar la boleta respectiva en la cartelera de esta Sala de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, advirtiendo que transcurridos diez (10) calendarios desde su fijación se considerará notificada. Dicha boleta fue fijada desde el día 24 de marzo de 2008, hasta el 2 de abril del mismo año, sin que la sociedad mercantil Empresa Toscany, C.A., haya comparecido a manifestar el interés requerido. Siendo ello así, y ante la ausencia de manifestación alguna en que se decida la presente causa, esta Sala al considerar que resulta inútil y gravoso continuar con un juicio en el que no existe interesado, tal y como lo ha establecido la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal en sentencias Nros. 2673 del 14 de septiembre de 2001 y 1097 del 5 de junio de 2007, estima pertinente declarar extinguida la acción que por cumplimiento de contrato ejerció la mencionada empresa contra la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE), en virtud de la pérdida sobrevenida de interés procesal. Así se declara.
Dispositiva
Con fundamento en los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN que por cumplimiento de contrato ejerció la sociedad mercantil EMPRESA TOSCANY, C.A., contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE), en virtud de la pérdida sobrevenida de interés procesal. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
extinción de acciónpérdida de interés procesalcumplimiento de contrato