Sentencia N° 737 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de octubre de 2024

TSJ/SPA, Sent. N° 00737, Exp. 2024-0118, 10/10/2024
Expediente2024-0118
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2024-10-10
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, revocó parcialmente la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar los recursos contenciosos tributarios interpuestos por Super Carnes JL contra varias resoluciones de imposición de sanción del SENIAT. Se determinó que las sanciones impuestas no se calcularon conforme a las reglas de concurrencia establecidas en el Código Orgánico Tributario, lo que llevó a la anulación del quantum de las sanciones. La decisión reafirma la importancia de garantizar el debido proceso y la legalidad en la imposición de sanciones tributarias.

Extracto de la motiva

Al respecto, esta Sala observa que la Administración Tributaria al momento de imponer las penas pecuniarias a la recurrente, incurrió en la imprecisión al no aplicar correctamente las reglas de concurrencia de ilícitos tributarios estatuidas en el artículo 82 del Código Orgánico Tributario de 2020, por cuanto en las sanciones determinadas conforme al contenido de los artículos 101 y 108 del Código Orgánico Tributario, de manera genérica determinó las penas a cuatrocientos cincuenta (450) y trescientas (300) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, sin determinar cuál era la sanción más grave y no reducir las otras a la mitad, tal como prevé la norma en comento, desvirtuando de esta forma, lo establecido por esta Superioridad, mediante sentencias dictadas en fecha 28 de septiembre de 2011, número 01186, caso: Platinium Textil, C.A., ratificada, entre otros, en los fallos números 01637 y 00465 de fechas 30 de noviembre de 2011 y 8 de mayo de 2013, casos: Tasca Restaurant Rodeo Grill, C.A.; y Maternidad y Centro Pediátrico Santa María, C.A., respectivamente, con respecto a la aplicación de la figura de la concurrencia de infracciones, que cuando se está frente a conductas ilícitas distintas en razón de cada período de imposición, las reglas de concurrencia deben aplicarse a partir del segundo mes en que la Administración Tributaria haya verificado las referidas trasgresiones, aun cuando la contribuyente incurra en la misma falta durante varios períodos fiscales, pues cada uno de ellos se encuentra separado por lo que representan infracciones diferentes, interpretación que está en total armonía con lo previsto en el parágrafo único del artículo 82 antes mencionado, al advertir el legislador que la concurrencia se aplicará “aun cuando se trate de tributos distintos “o en aquellos casos -como el de autos- “de diferentes períodos”.

Dispositiva

Se revoca la sentencia número 068-23 del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario y se declara parcialmente con lugar los recursos contenciosos tributarios interpuestos por Super Carnes JL, anulando el quantum de las sanciones impuestas por el SENIAT.

Palabras clave

Contencioso TributarioSancionesDebido ProcesoCódigo Orgánico Tributario

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca