Sentencia N° 737 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de junio de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00737, Exp. 2015-0432, 30/06/2015
Expediente2015-0432
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2015-06-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre su competencia para conocer un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la Asociación Cooperativa Servitel 2012, R.L. contra una resolución del Ministro del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales. La Sala determinó que era competente para conocer el caso, dado que el acto administrativo impugnado era de un Ministro, lo que le confería jurisdicción según la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala pronunciarse acerca de su competencia para conocer el caso que le ha sido declinado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, con sede en Caracas, y en tal sentido observa: De la revisión de las actas del expediente se aprecia que mediante Providencia Administrativa N° PA-511-13 de fecha 6 de junio de 2013, la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP) declaró con lugar la denuncia interpuesta por los ciudadanos Tomás Gamboa, Oscar Velásquez y Alexander Martínez, dejó sin efecto la medida de exclusión impuesta a los referidos ciudadanos y ordenó su reincorporación como miembros asociados a la Asociación Cooperativa Servitel 2012, R.L. En fecha 16 de julio de 2013 la referida Asociación Cooperativa interpuso el recurso de reconsideración contra la mencionada Providencia Administrativa, siendo declarada sin lugar por decisión N° D-3783-3 de fecha 28 de octubre de 2013. Posteriormente, en fecha 28 de noviembre de 2013 fue ejercido ante el Ministro del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales el recurso jerárquico contra la Providencia Administrativa N° PA-511-13 de fecha 6 de junio de 2013 emitida por la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP), siendo declarado sin lugar mediante Resolución R.J.N° 024-2014 del 7 de marzo de 2014.

Dispositiva

Con fundamento en los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SU COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ASOCIACIÓN COOPERATIVA SERVITEL 2012, R.L., contra la Resolución N° R.J. 024-2014 de fecha 7 de marzo de 2014 emitida por el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y LOS MOVIMIENTOS SOCIALES que declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido el 29 de noviembre de 2013 por la accionante y confirmó la Providencia Administrativa N° PA-511-13 del 6 de junio de 2013 dictada por la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP). Se ORDENA pasar las actuaciones al Juzgado de Sustanciación a los efectos de notificar esta decisión a la parte recurrente y, una vez conste en autos haber sido practicada dicha notificación, se pronuncie acerca de la admisibilidad del recurso contencioso administrativo de nulidad con base en lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

competenciarecurso contenciosonulidadactos administrativosministros

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