Sentencia N° 735 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de junio de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00735, Exp. 2015-0402, 30/06/2015
Expediente2015-0402
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-06-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala Político-Administrativa, se pronunció sobre la solicitud de homologación de una transacción laboral entre la ciudadana Fabiana Alexandra Carrassi Izaguirre y la sociedad mercantil Weatherford Latin América, S.A. La Sala revocó la decisión del Juzgado Séptimo de Primera Instancia que había declarado la falta de jurisdicción del Poder Judicial, argumentando que corresponde a este poder homologar acuerdos transaccionales en el ámbito laboral. La decisión se fundamenta en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en precedentes de la Sala.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Político-Administrativa emitir un pronunciamiento en el caso bajo examen, de acuerdo a la competencia que le es atribuida en los artículos 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil. Para decidir se observa: Mediante sentencia del 11 de marzo de 2015, el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer el caso de autos, por considerar que corresponde a la Administración Pública, por órgano de la Inspectoría del Trabajo, homologar los acuerdos transaccionales que sean celebrados “extrajudicialmente”, con fundamento en la sentencia de esta Sala Político-Administrativa N°1323 del 20 de noviembre de 2013, y al artículo 29 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. (Folios 27 y 28 del expediente). Sin embargo, advierte la Sala que la transacción cuya homologación se solicita fue suscrita en el marco de un procedimiento de oferta real “por Prestaciones Sociales y demás Conceptos Laborales” ante el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, mediante el cual el patrono pretendía acreditar a la trabajadora el pago de las prestaciones sociales. De lo señalado, concluye la Sala que la transacción suscrita entre la ciudadana Fabiana Alexandra Carrassi Izaguirre y la sociedad mercantil Weatherford Latin América, S.A. es de índole laboral celebrada judicialmente siendo su objeto el pago de las prestaciones sociales y otros beneficios generados en la relación de trabajo, por lo que al tener el asunto carácter contencioso, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, debe la Sala declarar que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer la solicitud de homologación de la referida Transacción. En consecuencia, se revoca la sentencia en consulta dictada el 11 de marzo de 2015 por el Juzgado remitente (Vid. Sentencias de esta Sala N° 00628 del 6 de mayo de 2014). Así se declara.

Dispositiva

Sobre la base de los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de homologación de Transacción Laboral judicial, celebrada entre la ciudadana FABIANA ALEXANDRA CARRASSI IZAGUIRRE y la sociedad mercantil WEATHERFORD LATIN AMÉRICA, S.A. En consecuencia, se REVOCA la sentencia en consulta dictada el 11 de marzo de 2015 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al Juzgado de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

homologacióntransacción laboraljurisdicciónprestaciones sociales

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