Sentencia N° 731 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de junio de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 00731, Exp. 2012-0500, 20/06/2012
Expediente2012-0500
PonenteTRINA OMAIRA ZURITA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2012-06-19
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil INVERSIONES 33, C.A. contra la Sentencia Nº 2011-1656, en la que se ratificó la competencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo y se declaró sin lugar el recurso de nulidad. La decisión se basa en la falta de fundamentación del recurso de apelación, ya que la parte apelante no presentó el escrito correspondiente dentro del lapso establecido por la ley.

Extracto de la motiva

Al no haber consignado la parte apelante el escrito en el cual exprese las razones para solicitar la revocatoria del pronunciamiento judicial impugnado no puede esta Máxima Instancia entrar a conocer y decidir la apelación incoada, sin que ello implique suplir la carga procesal correspondiente a dicha parte. Tal circunstancia obedece a las formalidades propias del recurso de apelación ante esta Sala, para cuyo ejercicio se exige a la parte indicar las razones de hecho y derecho en las cuales fundamenta su inconformidad con el pronunciamiento judicial recurrido, a tenor de lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido en fecha 8 de febrero de 2012, por el apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES 33, C.A., contra la Sentencia Nº 2011-1656 publicada el 8 de noviembre de 2011, en la cual la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo ratificó su competencia y declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad. En consecuencia, queda FIRME el fallo apelado.

Palabras clave

apelacióndesistimientojurisdiccióncontencioso administrativofundamentacióncarga procesal

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