La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Creaciones Pasotini, C.A. La controversia se centró en la pérdida del beneficio de exoneración del impuesto sobre la renta por incumplimiento de deberes formales. La Sala determinó que el incumplimiento no era suficiente para revocar el beneficio, considerando desproporcionada la sanción impuesta por la Administración Tributaria.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el incumplimiento de un deber formal como lo es llevar con atraso superior a un mes los libros y registros contables, no puede privar sobre la intención superior del Ejecutivo Nacional al exonerar del pago del impuesto sobre la renta a los contribuyentes de los Municipios antes mencionados. Por tal motivo, se advierte que el incumplimiento de un deber formal como lo es llevar con atraso superior a un mes los libros y registros contables, no puede privar sobre la intención superior del Ejecutivo Nacional al exonerar del pago del impuesto sobre la renta a los contribuyentes de los Municipios antes mencionados.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, ESTE TRIBUNAL (…) DECLARA: 1. CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario (…). 2. SE ANULA, la Resolución Culminatoria del Sumario SNAT/INTI/GRTI/RLA/DSA/ 2008-015 de fecha 19 de marzo de 2008 (…). 3.- SE EXIME DE LA CONDENA EN COSTAS, a la República Bolivariana de Venezuela (…).”.
Palabras clave
exoneraciónimpuesto sobre la rentadeberes formalessanción tributaria