La Sala Político-Administrativa del TSJ declara sin lugar la demanda de nulidad interpuesta por Nilde Xiomara Silva contra la Resolución N° 01-00-000483 del Contralor General de la República, que confirmó la sanción de inhabilitación por seis años. La Sala argumenta que la recurrente no demostró la existencia de vicios en el acto administrativo impugnado y que la sanción fue proporcional a las irregularidades cometidas. Se resalta que la responsabilidad administrativa de la actora fue declarada firme y que la inhabilitación no vulnera su derecho al trabajo, dado que puede ejercer en otros sectores tras cumplir la sanción.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la recurrente no ha demostrado la existencia de vicios en el acto administrativo impugnado. Se establece que la sanción de inhabilitación fue impuesta conforme a la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, y que la misma fue proporcional a las irregularidades cometidas por la actora. Además, se concluye que la inhabilitación no afecta su derecho al trabajo, ya que puede desempeñarse en otros sectores y volver a la función pública una vez cumplida la sanción.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana NILDE XIOMARA SILVA, contra la Resolución N° 01-00-000483 emitida en fecha 23 de diciembre de 2010, dictada por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA. En consecuencia, se declara FIRME el referido acto administrativo.