La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia Nro. 00004, en la que se declara el decaimiento del objeto tanto del recurso de apelación ejercido por la representación del Fisco Nacional, como del recurso contencioso tributario incoado por la sucesión de Tubilo Lombao Lorenzo. La decisión se basa en que las obligaciones tributarias fueron pagadas por la recurrente, lo que llevó a la conclusión de que no hay objeto para continuar con la apelación.
Extracto de la motiva
Visto que las obligaciones tributarias en el presente asunto fueron pagadas por la recurrente, tal como se desprende de la documentación consignada por la representación del Fisco Nacional, resulta forzoso declarar que ha decaído tanto el objeto de la apelación interpuesta por la representación fiscal en el caso de autos, como del recurso contencioso tributario ejercido. Así se decide. (Vid., sentencia de esta Sala Nro. 01313 del 12 de noviembre de 2015, caso: Loffland Brothers de Venezuela, C.A.)
Dispositiva
Se declara el decaimiento del objeto tanto del recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia Nro. 424 dictada en fecha 31 de octubre de 1994, como del recurso contencioso tributario incoado por la sucesión de TUBILO LOMBAO LORENZO.