Sentencia N° 729 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de noviembre de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00729, Exp. 2014-0808, 21/11/2019
Expediente2014-0808
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2019-11-20
DecisiónDecaimiento del objeto

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por José Vicente Medina Pineda contra la Providencia Administrativa Nro. 00042 de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (SUNAVI). La demanda fue declarada en decaimiento, ya que se consideró que el acto administrativo impugnado violó la reserva legal al establecer sanciones no previstas en la ley. La Sala instó a la SUNAVI a aplicar el régimen sancionatorio establecido en la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos de Vivienda.

Extracto de la motiva

Lo expuesto conlleva a la inexorable conclusión que el acto administrativo impugnado ciertamente violó la reserva legal, pues creó tipos legales y sanciones que no estaban contenidas en la Ley formal y además de ello modificó otros que ya están expresados legalmente. Pero es que incluso, el citado instrumento legal no estableció la necesidad por parte de la Administración de desarrollar algún aspecto de la potestad sancionatoria por la vía sub-legal, sino que, por el contrario, previó en su artículo 20, numerales 7 y 8 que la mencionada Superintendencia debe 'Efectuar los procedimientos para la determinación de ilícitos sancionados por la presente Ley, así como el incumplimiento de los deberes y derechos en ella establecidos' e 'Imponer las sanciones y determinar las indemnizaciones a que hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en la presente Ley.' Es decir, que si bien el órgano administrativo competente en materia arrendaticia tiene atribuida potestades sancionatorias, ésta debe aplicarse en los términos previsto en la Ley, la cual -se insiste- no puede ser modificada por actos administrativos que carecen de la debida legitimidad y que contravienen el principio de reserva legal.

Dispositiva

Se declara el decaimiento del objeto de la demanda de nulidad ejercida y se insta a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (SUNAVI) a aplicar el régimen sancionatorio establecido en la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos de Vivienda.

Palabras clave

nulidadSUNAVIarrendamientoreserva legal

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