El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, declaró que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer y decidir la demanda por daños y perjuicios interpuesta por Rafael Inés Ortiz Rodríguez, en su calidad de Director Gerente de Inversiones La Granja, C.A., contra Centro Hípico El Yankee C.A. y Daniel Nieto Carpio. La decisión se basa en que la pretensión de indemnización está relacionada con el ajuste del canon de arrendamiento, lo cual debe resolverse por vía administrativa ante la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE).
Extracto de la motiva
En este sentido la Sala advierte que el ajuste del canon de arrendamiento solicitado por la demandante, sólo puede producirse según lo previsto en el artículo 32 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, es decir, en este caso particular la parte actora debió primero agotar la vía Administrativa para solicitar el correspondiente ajuste del canon ante el órgano rector de la materia (SUNDDE) y luego presentar demanda ante el Poder Judicial. En consecuencia y en virtud que la demandante pretende una indemnización por daños y perjuicios con un monto que depende directamente de un canon que no ha sido previamente establecido en vía Administrativa, es por lo que esta Sala estima que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer y decidir el presente caso.
Dispositiva
Se declara: Único: SIN LUGAR la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS, incoada por el ciudadano RAFAEL INÉS ORTIZ RODRÍGUEZ en su carácter de Director Gerente de la sociedad mercantil INVERSIONES LA GRANJA, C.A., y solidariamente en contra del ciudadano DANIEL NIETO CARPIO.