Sentencia N° 717 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de julio de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00717, Exp. 2012-0888, 19/07/2016
Expediente2012-0888
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2016-07-19
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario. Se confirma la prescripción de las sanciones de multa e intereses moratorios para los períodos de enero a abril de 2004, mientras que se ratifican las sanciones impuestas por enterar con retardo las retenciones de IVA para otros períodos. Además, se revoca la decisión del Tribunal a quo sobre el cálculo de las sanciones, estableciendo que deben aplicarse las unidades tributarias vigentes al momento del pago de las multas.

Extracto de la motiva

La Sala considera que, en el caso concreto, para fijar las ‘fechas límites para enterar’ debió tomarse en cuenta lo dispuesto en el literal e) de la norma en comento, por cuanto el número de Registro de Información Fiscal (RIF) de la sociedad mercantil recurrente termina en el número 9, en consecuencia, correspondía enterar el impuesto retenido el quinto (5º) día hábil siguiente, razón por la cual advirtiéndose en el acto recurrido las imprecisiones en el señalamiento de las fechas límites para enterar, el Tribunal considera procedente la denuncia del error material en el cual incurre el acto recurrido al determinar los días de mora, tanto para la imposición de la multa prevista en el artículo 113 del Código Orgánico Tributario, como para la determinación de los intereses moratorios.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva No. 0027/2012 de fecha 7 de marzo de 2012, dictada por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la empresa J. WALTER THOMPSON DE VENEZUELA, C.A., en consecuencia: 1.1.- FIRME lo decidido por el Juzgado de mérito concerniente a la procedencia de las sanciones de multa por concepto de retenciones practicadas extemporáneamente en materia de Impuesto al Valor Agregado para los períodos impositivos correspondientes a los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2004; abril, mayo, octubre y noviembre de 2005; marzo, mayo, julio y septiembre de 2006. 1.2.- Se CONFIRMA lo referido a la prescripción de la sanción de multa impuesta para los períodos fiscales correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2004. 1.3.- Se REVOCA el pronunciamiento realizado por el Tribunal a quo respecto del modo en que debe efectuarse el cálculo de las sanciones de multa expresadas en unidades tributarias conforme lo prevé el artículo 94 del Código Orgánico Tributario de 2001.

Palabras clave

Contencioso TributarioSancionesIVAPrescripción

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