La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de CONFECCIONES INTER, C.A. La controversia se centró en la legalidad de los actos administrativos sancionatorios y la garantía del derecho a la defensa en el procedimiento administrativo. La Sala concluyó que no se comprobó la realización de nuevos reconocimientos, lo que impidió el ejercicio del derecho a la defensa de la recurrente.
Extracto de la motiva
En virtud de la declaratoria contenida en la sentencia recurrida y en atención a las objeciones formuladas en su contra por la representación del Fisco Nacional, la controversia planteada en el caso sub examine queda circunscrita a decidir en torno a la existencia de los vicios que a decir del apelante afectan al fallo en cuestión, a saber, el vicio de falso supuesto de hecho y de derecho por errónea interpretación de la ley aplicable en materia del procedimiento administrativo en materia aduanera y el vicio de ultrapetita; luego de lo cual podrá esta Sala concluir respecto a la legalidad y procedencia de los actos administrativos impugnados. Así delimitada la litis pasa esta Sala a decidir, y al efecto observa: Tal como se indica en el aparte precedente, el apelante en autos sostiene en un primer orden la motivación de los actos administrativos recurridos, conforme a lo previsto tanto en el Código Orgánico Tributario, como en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos; ello a fin de alegar de seguida la nulidad absoluta de la sentencia recurrida, pues dice está afectada por el vicio de falso supuesto de hecho y de derecho, configurado al haber incurrido el juzgador en errónea interpretación de la ley que afirma era aplicable a la materia del procedimiento administrativo seguido en el caso concreto.
Dispositiva
En virtud de las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación planteada por el Fisco Nacional, contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 22 de junio de 2004, mediante la cual declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil CONFECCIONES INTER, C.A. En consecuencia, se confirma la sentencia recurrida. Se condena en costas al Fisco Nacional en un monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la cuantía del recurso, conforme a lo previsto en el artículo 327 del vigente Código Orgánico Tributario.
Palabras clave
contencioso tributarioderecho a la defensaprocedimiento administrativosanciones aduanerasfiscalizaciónimportacionesmulta tributaria