Sentencia N° 712 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de noviembre de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00712, Exp. 2017-0637, 16/11/2022
Expediente2017-0637
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2022-11-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia revocó la sentencia N° 1305 del 11 de febrero de 2014, que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por el I.V.S.S. contra una resolución de imposición de multa por incumplimiento de deberes formales. La decisión se fundamentó en que el I.V.S.S. no era responsable del incumplimiento, sino el ordenador de pagos de la entidad. Se ordenó al SATAR iniciar el procedimiento administrativo correspondiente para exigir las obligaciones tributarias al responsable.

Extracto de la motiva

En consecuencia, en el caso de autos, la Sala reitera que los derechos al acceso a la justicia, defensa, debido proceso y tutela judicial efectiva son y deben ser protegidos en su globalidad e integridad por todos los tribunales y órganos administrativos, pero, para que esa tutela se active, corresponde también, y en la misma medida, el respeto y aplicación de las reglas predeterminadas en el ordenamiento jurídico, en resguardo de principios igualmente constitucionales y superiores, como lo es, entre otros, la seguridad jurídica. Así, tal instituto jurídico, se insiste, consiste en un mecanismo que busca preservar la juridicidad efectiva del fallo, en supuestos estrictamente vinculados a los altos intereses del Estado, vale decir, aquellos relacionados con el orden público, constitucional y el interés general: 1) desaplicación de normas constitucionales; 2) violaciones de criterios e interpretaciones vinculantes emanadas de la Sala Constitucional de este Alto Tribunal; 3) resguardo de la propia jurisdicción; 4) quebrantamientos de formas esenciales en el proceso, y 5) prerrogativas y privilegios procesales conferidos a favor de la República. En este sentido, a fin de someter a consulta la decisión judicial bajo examen debe antes verificarse el cumplimiento en el caso concreto de las exigencias plasmadas en las sentencias Nros. 00566, 00812, 00911 y 00766 dictadas por esta Alzada en fechas 2 de marzo de 2006, 9 de julio, y 6 de agosto de 2008 y 15 de junio de 2017, respectivamente; así como en el fallo N° 2.157 del 16 de noviembre de 2007, proferido por la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, con exclusión de la valoración sobre la cuantía de la causa, según el criterio de esta Máxima Instancia contenido en la sentencia N° 1658 del 10 de diciembre de 2014, ratificado en el fallo N° 00114 del 19 de febrero de 2015, por lo que en el caso bajo estudio los requisitos a considerar para la procedencia de la consulta son los siguientes: 1.- Que se trate de sentencias definitivas que afecten derechos fundamentales o intereses públicos, 2.- Que se evidencie la existencia de un interés general que justifique la revisión del fallo, 3.- Que se cumplan los requisitos formales establecidos en la ley para la procedencia de la consulta, 4.- Que se garantice el respeto a los derechos de defensa y al debido proceso en el marco de la actuación administrativa y judicial, 5.- Que se asegure la protección de los principios de seguridad jurídica y estabilidad de las decisiones judiciales.

Dispositiva

1.- PROCEDE la consulta de la sentencia definitiva N° 1305 de fecha 11 de febrero de 2014, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central. 2.- Conociendo en consulta, se REVOCA la sentencia de instancia. 3.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.); en consecuencia, FIRME el acto administrativo impugnado. 4.- Se ORDENA al Servicio de Administración Tributaria del Estado Aragua (SATAR) que inicie el procedimiento administrativo establecido ex lege, para exigir las obligaciones tributarias por concepto de sanción de multa, garantizando el ejercicio pleno de sus derechos al debido proceso y a la defensa, al sujeto pasivo responsable.

Palabras clave

apelacióndebido procesojurisdicciónseguridad jurídicaconsultaadministración tributariamultasderechos fundamentales

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