La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de jurisdicción planteada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia, que había declarado la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública en un caso de solicitud de calificación de despido. El demandante, Jesús Andrés Mendoza Leonett, alegó inamovilidad laboral por fuero paternal tras su despido de la Fundación Misión Identidad.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala Político-Administrativa emitir un pronunciamiento con relación a la consulta de jurisdicción planteada, de acuerdo a la competencia que le ha sido atribuida en el artículo 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los artículos 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual observa: Previo al pronunciamiento correspondiente a la consulta de jurisdicción planteada, esta Sala Político-Administrativa debe advertir el hecho de que en el caso objeto de estudio, la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos es intentada contra una Fundación del Estado. Al respecto, estima la Sala oportuno hacer referencia al artículo 115 del Decreto Nro. 1.424, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial Nro. 6.147 Extraordinario de fecha 17 de noviembre de 2014, el cual dispone lo siguiente: “Artículo 115: Las fundaciones del Estado se regirán por el Código Civil, el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, y las demás normas aplicables; y sus empleados se regirán por la legislación laboral ordinaria (…)”. Con vista a la norma expuesta, resulta evidente que en el caso de autos, la relación laboral que existió entre la Fundación Misión Identidad y la parte accionante se encontraba regida por las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
Dispositiva
1.- Que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano JESÚS ANDRÉS MENDOZA LEONETT, contra la FUNDACIÓN MISIÓN IDENTIDAD, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz. 2.- En consecuencia, se CONFIRMA la decisión sometida a consulta, dictada en fecha 29 de septiembre de 2016 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.