La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la solicitud de suspensión de efectos de la Resolución Nº 0033-2002, que destituyó a la ciudadana María Cristina Reverón Trujillo de su cargo como Juez. La Sala considera que la medida cautelar solicitada no cumple con los requisitos necesarios para su procedencia, ya que no se demuestra un perjuicio irreparable o de difícil reparación. Se argumenta que la destitución no impide la participación en futuros concursos de oposición y que el alegato de escarnio público no está suficientemente fundamentado.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala decidir sobre la suspensión de efectos del acto impugnado, y en tal sentido observa: Al respecto, es criterio reiterado de este Alto Tribunal que la medida precautelativa de suspensión de efectos dispuesta en el artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, constituye desde el punto de vista objetivo una incidencia procesal mediante la cual a instancia de parte y como una excepción a los principios de ejecutividad y ejecutoriedad de los actos administrativos de efectos particulares, se puede dejar sin eficacia temporal el acto impugnado si la ejecución del mismo pudiera producir efectos irreparables o de difícil reparación en la sentencia definitiva; y desde el punto de vista subjetivo, reviste una garantía de que la eventual declaratoria de nulidad del acto impugnado, efectivamente restablecerá la situación jurídica infringida y que no producirá efectos formales inejecutables, lesivos a los derechos fundamentales del acceso a la justicia y al debido proceso. En este sentido, debe el juez velar porque su decisión se fundamente no sólo en un simple alegato de perjuicio, sino en la argumentación y acreditación de hechos concretos de los cuales nazca la convicción de un posible perjuicio real y procesal para la recurrente.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la solicitud de la ciudadana MARÍA CRISTINA REVERÓN TRUJILLO, de suspensión de los efectos de la Resolución Nº0033-2002, dictada en fecha 6 de febrero de 2002 por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Archívese el presente cuaderno separado. Agréguese copia certificada de esta decisión al expediente principal. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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