La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de abstención o carencia interpuesto por el Municipio Bolivariano Libertador contra el Distrito Metropolitano de Caracas, relacionado con el incumplimiento de la obligación de remitir el situado constitucional. La Sala ordenó requerir a la parte actora que informe si su pretensión fue satisfecha y solicitó información a la Vicepresidencia de la República sobre la consideración de la demanda durante el proceso de supresión y liquidación del Nivel Metropolitano de Caracas.
Extracto de la motiva
Correspondería a esta Sala pronunciarse sobre el merito del asunto en la presente causa, sin embargo, no consta en autos elemento alguno que demuestre la satisfacción de la pretensión objeto de la demanda, y dado que con la entrada en vigencias de las disposiciones jurídicas contenidas en el “DECRETO CONSTITUYENTE MEDIANTE EL CUAL SE DECIDE LA SUPRESIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL NIVEL METROPOLITANO DE CARACAS Y DEL DISTRITO DEL ALTO APURE”, y en las Resoluciones dictadas con motivo de su ejecución, de las cuales constata la Sala, que la representación legal de la otrora Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, ahora Nivel Metropolitano de Caracas, le fue atribuida a la Presidenta o Presidente de la Junta de Liquidación del Nivel Metropolitano de Caracas, quien es la encargada o el encargado de rendir cuenta ante el Vicepresidente Ejecutivo de la República, mediante la presentación del informe de gestión de la Junta de Liquidación, con sus respectivos soportes, y visto que el proceso de supresión y liquidación fue prorrogado hasta el 31 de enero de 2020, esta Alzada estima necesario requerir nuevamente a la parte actora se sirva informar si la pretensión in comento fue debidamente satisfecha. Asimismo, requerir al Despacho de la Vicepresidencia de la República, por ser el ente encargado de la rectoría y conducción de las funciones de la Junta de Liquidación, al cual se le atribuyó facultades de supervisión y control sobre las gestiones de la referida Junta, a los fines de que informe si durante el proceso de supresión y liquidación del referido ente, la Junta de Liquidación tomó en consideración la demanda por situado municipal que presentó ante este Máximo Tribunal la Alcaldía del Municipio Libertador contra ese órgano territorial y de ser afirmativo, consignar la documentación que así lo demuestre, o si el proceso concluyó sin tomar en consideración el referido reclamo, y de ser el caso, informar cual es la autoridad designada para gestionar los asuntos judiciales o administrativos pendientes.
Dispositiva
ORDENA: 1.- Requerir nuevamente a la parte actora se sirva informar si la pretensión objeto de la demanda fue debidamente satisfecha. 2.- Solicitar al Despacho de la Vicepresidencia de la República, a los fines de que informe si durante el proceso de supresión y liquidación del referido ente, la Junta de Liquidación tomó en consideración la demanda por situado municipal.
Palabras clave
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