Sentencia N° 709 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de noviembre de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00709, Exp. 2010-1092, 16/11/2022
Expediente2010-1092
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2022-11-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por Carlos González Parrado contra una resolución del Contralor General de la República que designó a una Contralora Interventora en el Municipio Carrizal. La Sala consideró necesario solicitar información sobre el estado procesal de causas relacionadas con el caso, incluyendo apelaciones y acciones de amparo interpuestas por el recurrente. Finalmente, se ordenó al Juzgado Superior que informara sobre el estado del expediente y se dictó la decisión correspondiente.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Correspondería a esta Sala resolver el recurso de nulidad incoado por el ciudadano Carlos González Parrado, contra la Resolución Nro. 01-00-000289 del 27 de septiembre de 2010, emitida por el Contralor General de la República, mediante la cual intervino la Contraloría del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, designó a la ciudadana Nissy Briceño Ruiz, cédula de identidad Nro. 12.433.501 como Contralora Interventora de ese Municipio, e instó al Concejo Municipal del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda para que convocara a un concurso público para la designación del nuevo titular de esa Contraloría Municipal. No obstante, antes de entrar a emitir pronunciamiento alguno, se advierte lo siguiente: De la revisión de las actas procesales se constata, que la Sala por auto para mejor proveer Nro. 111 del 06 de octubre de 2011 apreció: “(…) En la oportunidad de emitir la sentencia de mérito en el presente asunto este Alto Tribunal observa lo siguiente:

Dispositiva

ORDENA solicitar al Juzgado Superior Estadal Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital que informe el estado procesal en que se encuentra la causa signada con el Nro. 7668 de la nomenclatura de aquel tribunal y remita de ser el caso, copia certificada de la decisión que se hubiere dictado e indique si la misma se encuentra firme o fue apelada, en un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación.

Palabras clave

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