La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia aceptó la fianza presentada por La Internacional de Seguros, C.A. en el contexto de un procedimiento administrativo relacionado con un contrato de alianza estratégica para la adquisición de equipos por parte de Carbones del Zulia, S.A. La decisión se fundamenta en la verificación de que la aseguradora cumple con los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Civil, tanto en términos cuantitativos como cualitativos. Se ordenó la notificación a las partes involucradas y se destacó la importancia de la tecnología en la administración de justicia.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la suficiencia de la fianza consignada por la sociedad mercantil La Internacional de Seguros, C.A., en fecha 23 de octubre de 2024, de cara a la información requerida a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (SUDEASEG), a través de la sentencia Nro. 00446 del 19 de junio de 2025, dictada con motivo de la solicitud planteada por la referida aseguradora, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil. En el caso bajo examen, el apoderado judicial de la empresa aseguradora consignó “(…) conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590.1 del Código de Procedimiento Civil, FIANZA PRINCIPAL Y SOLIDARIA DE EMPRESA DE SEGUROS emitida por la sociedad mercantil LA VENEZOLANA DE SEGUROS Y VIDA, inscrita ante la Superintendencia de la Actividad Aseguradora bajo el Número 40, [la cual afirma] es una empresa de reconocida solvencia (…
Dispositiva
Se acepta la fianza consignada por la sociedad mercantil La Internacional de Seguros, C.A., en fecha 23 de octubre de 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
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