Sentencia N° 706 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de noviembre de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00706, Exp. 2017-0473, 14/11/2019
Expediente2017-0473
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2019-11-13
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La sentencia se refiere a un recurso contencioso tributario interpuesto por ZUMA SEGUROS, C.A. contra una resolución del SENIAT que declaró sin lugar un recurso jerárquico. El Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario había declarado parcialmente con lugar el recurso, lo que llevó a la apelación ante el Tribunal Supremo de Justicia. En esta decisión, se confirma la resolución del tribunal inferior, pero se ordena el recalculo de las multas impuestas, aplicando las reglas de concurrencia de infracciones del Código Orgánico Tributario.

Extracto de la motiva

En orden a lo expresado y a los fines de emitir pronunciamiento sobre la solicitud de acumulación planteada por la representación de la República, esta Máxima Instancia considera pertinente referir lo contemplado en el artículo 291 del Código de Procedimiento Civil -aplicable supletoriamente por disposición expresa de los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia-, el cual dispone que: “La apelación de la sentencia interlocutoria se oirá solamente en el efecto devolutivo, salvo disposición especial en contrario. Cuando oída la apelación, esta no fuere decidida antes de la sentencia definitiva, podrá hacérsela valer nuevamente junto con la apelación de la sentencia definitiva, a la cual se acumulará aquella. En todo caso, la falta de apelación de la decisión concluyente, producirá la extinción de las apelaciones interlocutorias no resueltas”. De esta forma, se observa que no se trata de una típica acumulación de causas -por cuanto la primera sería técnicamente una incidencia dentro del juicio principal-, sino que tal acumulación ha sido prevista a fin de simplificar el trámite de ambos recursos y concentrar la labor judicial de segunda instancia en un solo pronunciamiento. (Vid., entre otras, las decisiones de esta Alzada Nros. 00750 del 27 de junio de 2012, caso: Antonio José Varela, 00172 del 4 de marzo de 2015, caso: Inversiones El Timón, C.A., y 00567 del 30 de mayo de 2018, caso: Industrias Free Ways, C.A.). Precisado lo anterior, esta Sala actuando en sujeción a los principios de celeridad y economía procesal y entendiendo que la apelación de la sentencia definitiva tanto por la representación judicial de la empresa Zuma Seguros, C.A. como de la República denota palmariamente su desacuerdo con los aspectos del proceso (en su concepción integral) que resultaron adversos a sus pretensiones, excepciones o defensas, pasa a analizar si en el presente asunto procede la acumulación de las apelaciones incoadas contra la decisión interlocutoria N° 171/2015 del 3 de diciembre de 2015 y contra el fallo de mérito N° 2357 del 31 de enero de 2017, en los términos del artículo 291 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, se observa: 1.- Mediante sentencia interlocutoria N° 171/2015 del 3 de diciembre de 2015, el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, admitió el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar por la sociedad de comercio Zuma Seguros, C.A., contra la Resolución signada con letras y números SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2015-0237 del 31 de mayo del 2015, notificada el 1° de junio de igual año, mediante la cual la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), declaró sin lugar el recurso jerárquico incoado el 14 de diciembre de 2012 por el referido sujeto pasivo, contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N° SNAT/INTI/GRTI/CE/DSA-R/2012-269 de fecha 3 de septiembre de 2012, notificada el 12 de noviembre de igual año, suscrita de forma conjunta por la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales del nombrado Servicio Autónomo y la División de Sumario Administrativo de la indicada Gerencia Regional.

Dispositiva

1.- Se CONFIRMAN los ilícitos tributarios determinados en la Resolución SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2015-0237, de fecha 31 de marzo de 2015. 2.- Se ORDENA recalcular las multas impuestas conforme a lo dispuesto en la presente decisión. 3.- Se ORDENA dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 287 del Código Orgánico Tributario de 2014.

Palabras clave

ZUMA SEGUROSSENIATrecurso contencioso tributariomultasCódigo Orgánico Tributario

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