Sentencia N° 706 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de julio de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00706, Exp. 2008-0724, 14/07/2010
Expediente2008-0724
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2010-07-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La abogada Celina del Carmen Padrón Acosta interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad contra una decisión de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, que impuso responsabilidad disciplinaria por un error grave en una sentencia anterior. La Sala Político-Administrativa del TSJ examinó los alegatos y concluyó que la decisión impugnada no incurrió en el vicio de inmotivación por contradicción, ya que la Comisión había fundamentado adecuadamente su decisión. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso de nulidad, manteniendo firme el acto administrativo impugnado.

Extracto de la motiva

La Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial declaró la responsabilidad disciplinaria de la recurrente, por haber incurrido en grave error, en su condición de jueza integrante de la Sala Primera Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, al no haberse referido en el fallo dictado el 11 de febrero de 2005, a la acción civil ejercida por el Ministerio Público. Así, constata la Sala que en el caso concreto, tal y como lo señaló el órgano disciplinario, la Sala Primera Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la decisión dictada el 11 de febrero de 2005, si bien señaló que ‘deja a salvo las acciones civiles que pudieren derivarse del presente hecho punible’ declarada prescrito en atención a lo dispuesto en el último aparte del citado artículo 19 de la Ley Penal del Ambiente, en concordancia con el artículo 20 ejusdem, sin embargo no hizo señalamiento expreso acerca de la acción civil incoada por el Ministerio Público, la cual había sido tramitada, incluso hasta la fase de evacuación de pruebas, como tampoco dispuso lo conducente, a fin de ordenar la remisión del expediente al Juzgado competente para conocer lo relativo a la referida acción civil, pues en el caso concreto, dicha pretensión fue ejercida conjuntamente con la acción penal.

Dispositiva

Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso-administrativo de nulidad ejercido por la abogada CELINA DEL CARMEN PADRÓN ACOSTA, contra el acto administrativo dictado en fecha 11 de abril de 2008 por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL. En consecuencia, queda FIRME dicho acto. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente administrativo y archívese el judicial. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

motivacióncontradicciónacción civiltutela judicialLey Penal del AmbienteCorte de ApelacionesSistema Judicial

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