Sentencia N° 704 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de junio de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00704, Exp. 2002-0567, 29/06/2004
Expediente2002-0567
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2004-06-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió con lugar la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra una sentencia del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario. La controversia se centró en la validez de la declaración de herencia y la planilla sucesoral, las cuales fueron declaradas falsas por sentencias anteriores. La Sala concluyó que no existió el hecho imponible para el impuesto sucesoral, dado que el testamento y la firma del causante eran falsos, lo que llevó a la revocación de la sentencia apelada y a la firmeza de los actos administrativos que negaron la solicitud de remisión tributaria.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la Administración Tributaria actuó ajustada a derecho al anular la declaración de herencia y la planilla de liquidación del impuesto sucesoral emitida a cargo del ciudadano Augusto Ventura Olivo Gómez, al no haber acaecido el hecho generador del impuesto sobre sucesiones, en otras palabras, no pudo haberse efectuado la transmisión del patrimonio del causante (Víctor Manuel Gresales), por cuanto el testamento y la firma del causante eran falsas. En virtud de lo expuesto, estima esta Alzada que el a quo incurrió en una errada apreciación al dictaminar con lugar el recurso contencioso tributario, desconociendo un hecho ineludible y notorio como lo es la declaratoria de falsedad del testamento, de la firma del testador y de los documentos que los acompañan, determinada por la Sala de Casación Penal de la extinta Corte Suprema de Justicia y, posteriormente, confirmada por el Tribunal Tercero de Reenvío en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.

Dispositiva

1) CON LUGAR la apelación interpuesta por Freddy Suárez Alcalde en representación del FISCO NACIONAL, contra la sentencia de fecha 20 de febrero de 2002, dictada por el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario ejercido por Félix Alfredo Vega Martínez, actuando en el carácter de apoderado judicial de Augusto Ventura Olivo Gómez, (hoy fallecido) en su condición de presunto heredero testamentario del causante Víctor Manuel Gresales, contra el acto administrativo contenido en la Resolución HGJT-LRT-97-21 de fecha 21 de marzo de 1997, dictada por Administración de Hacienda Región Centro Occidental (hoy Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria). 2) REVOCA, el precitado fallo de fecha 20 de febrero de 2002, dictado por el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario. 3) En consecuencia, FIRMES los actos contenidos en la Resolución Nº HRCO-510-0225 de fecha 9 de noviembre de 1993, que niega la solicitud de remisión tributaria y en el Auto Nº HGJT-LRT-97-21 de fecha 21 de marzo de 1997, que determina la nulidad de la Declaración de Herencia Nº 11.328 de fecha 7 de junio de 1983 y de la Planilla de Liquidación Nº 443 de fecha 9 de marzo de 1984, emanadas de la Administración de Hacienda Región Centro Occidental (hoy Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria).

Palabras clave

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