Sentencia N° 704 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de mayo de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00704, Exp. 02-0126, 22/05/2002
Expediente02-0126
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2002-05-21
DecisiónDesistida
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistida la apelación interpuesta por Wilson Ubaldo Montes contra una sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. La apelación fue presentada en relación a una resolución que lo pasó a situación de retiro por medida disciplinaria. La Sala concluye que el apelante no formalizó su recurso dentro del plazo legal establecido, lo que implica un desistimiento tácito de su parte.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 162 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia: “En la audiencia en que se dé cuenta de un expediente enviado a la Corte en virtud de apelación, se designará Ponente y se fijará la décima audiencia para comenzar la relación. Dentro de ese término el apelante presentará escrito en el cual precisará las razones de hecho y de derecho en que se funde. Vencido ese término correrá otro de cinco audiencias para la contestación de la apelación. Si el apelante no presentare el escrito en el lapso indicado, se considerará que ha desistido de la apelación y así lo declarará la Corte, de oficio o a instancia de la otra parte.” (Negrillas de la Sala). En el presente caso, como se desprende de los autos y del cómputo efectuado por la Secretaría de la Sala, es evidente que la parte apelante no introdujo el escrito de formalización dentro del lapso de ley; por tanto, resulta forzoso concluir que desistió tácitamente del recurso en cuestión y así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación interpuesta por el ciudadano WILSON UBALDO MONTES, asistido por el abogado Roberto Gómez C., contra la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 07 de agosto de 2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por él contra la Resolución N° GN-2513 de fecha 30 de diciembre de 1993, emanada de la COMANDANCIA GENERAL DE LA GUARDIA NACIONAL. En consecuencia queda firme el fallo apelado. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.