La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A. contra la Resolución N° 4366 del 11 de enero de 1999, que declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido por la accionante. La decisión se basa en que la Superintendencia de Seguros actuó dentro de los límites de su competencia al sancionar a la aseguradora por el cobro de gastos de emisión en las renovaciones de pólizas, lo cual no estaba autorizado.
Extracto de la motiva
La renovación del contrato de seguros no puede considerarse como un nuevo contrato, en consecuencia, no pueden generarse los gastos autorizados por la Superintendencia de Seguros, los cuales tienen origen en la celebración del contrato de seguros, en el cual el asegurador está en la obligación de entregar al asegurado, el condicionado general y particular de la póliza, ocasionándose una serie de gastos y para cubrir estos gastos es que se otorgó la autorización a la empresa MULTINACIONAL DE SEGUROS C.A. Así se decide.
Dispositiva
Declarar SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la sociedad mercantil MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A., contra la Resolución N° 4366 del 11 de enero de 1999, dictada por la -entonces- MINISTRA DE HACIENDA, que declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido por la accionante contra la Providencia N° 000158 del 3 de febrero de 1998, emanada de la Superintendencia de Seguros.
Palabras clave
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