La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inhibición planteada por la Jueza María Leonor Pineda García en un recurso contencioso tributario. La Jueza se inhibió debido a haber manifestado su opinión en la causa, lo que compromete su imparcialidad. La Sala determinó que la inhibición fue procedente y se declaró con lugar la misma, permitiendo que un sustituto continúe conociendo del procedimiento.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala determinar, de conformidad con los elementos de autos, si la inhibición planteada es procedente. En este orden de ideas esta Sala observa, que la presente inhibición la declaró la Jueza Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, abogada María Leonor Pineda García, fundamentándose en haber manifestado su opinión en dicha causa, según se desprende en el Auto Acordado de Incorporación de Documentos identificado con el N° GTI-RCO-DJT-ARAJ-2005 de fecha 10 de agosto de 2005 y en el Auto de Admisión del Recurso Jerárquico, signado con el N° GTI-RCO-DJT-ARAJ-2005-000087, del día 12 del mismo mes y año, emanados de la División Jurídica Tributaria de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), notificados a la contribuyente PANADERÍA PASTELERÍA LA CUBANA C.A., recayendo dicha causa en el Tribunal donde actualmente la referida abogada ejerce funciones de Jueza, por lo que estimó encontrarse incursa en la causal de inhibición contenida en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
Dispositiva
1.- SU COMPETENCIA para conocer de la presente incidencia de inhibición. 2.- CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada MARÍA LEONOR PINEDA GARCÍA, en su condición de Jueza de Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, en el Acta de fecha 19 de enero de 2007, expediente N° KPO2-U-2006-000223, para conocer del recurso contencioso tributario ejercido por la contribuyente PANADERÍA PASTELERÍA LA CUBANA C.A.
Palabras clave
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