Sentencia N° 7 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de abril de 2024

TSJ/SPA, Sent. N° 00007, Exp. 2013-1086, 04/04/2024
Expediente2013-1086
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2024-04-04
DecisiónDecaimiento del objeto

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, declara el decaimiento del objeto del recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad Petrolera Zuata, Petrozuata, C.A. contra el acto tácito denegatorio del Recurso Jerárquico, debido al pago de las planillas de liquidación impugnadas. Se establece que la controversia ha decaído por el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de la contribuyente, lo que satisface las pretensiones del Fisco Nacional.

Extracto de la motiva

(…) el deber impuesto por la ley a la Administración Tributaria de motivar sus actos no se ha cumplido para los actos recurridos, por lo que éstos se encuentran viciados por carecer de motivación suficiente que permita a PETROZUATA una adecuada defensa dentro del desarrollo de la garantía constitucional de acceso a la justicia y del derecho a la defensa, de igual rango constitucional, debido a que en los actos administrativos objetos de impugnación, sólo se hace referencia a la obligación por parte de [su] representada de pagar el Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor para su apelación según lo previsto en la Ley, menciones estas de cuales no puede PETROZUATA derivar las razones de hecho ni de derecho en que se fundamenta tal actuación administrativa. (…) no existen razones que justifiquen tal determinación y liquidación, que son el resultado del desconocimiento de la aplicatoriedad del beneficio de la exoneración del pago del impuesto a las ventas al mayor a PETROZUATA, previsto en el Decreto Nro. 2.398 de fecha 4 de febrero de 1998 (…) la Administración Tributaria, incurrió en “inmotivación vis a vis vicio en la causa” por cuanto su representada habría cumplido con los requisitos sustantivos para la procedencia de la exoneración (…) y que generaron el nacimiento del beneficio ope legis desde el momento mismo de la entrada en vigor del derogado Decreto Nro. 1.747, en particular a lo previsto en su artículo 8, (hoy día artículo 7 del nuevo Decreto Nro. 2.398 de fecha 4 de febrero de 1998), pretender lo contrario conllevaría un vicio en el mencionado Decreto (esto es, que se requiere la emisión de la Providencia para el goce del beneficio) los artículos 4 y 67 del Código Orgánico Tributario y los cuales son corolario de los artículos 56 (principio de generalidad e igualdad ante las cargas públicas) y 224 (principio de reserva legal tributaria) constitucionales. (…) el Fisco Nacional incurrió en el vicio de “errónea interpretación de los hechos” por “determinar impuesto a las ventas al mayor sobre la importación de un bien capital que se encuentra exonerado de conformidad con la normativa aplicable, por cuanto dicha exoneración aplica ipso iure desde el momento de la entrada en vigor del Decreto al cumplirse los requisitos y condiciones previstos en el mismo (…) en el caso que el órgano que emitió los actos recurridos hubiese considerado que el goce de la exoneración se encuentra limitado a la emisión o ‘aprobación’ de la exoneración del pago de impuesto a las ventas al mayor en los términos del Decreto No. 2.398 y de la Resolución Conjunta del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Energía y Minas, independientemente del cumplimiento por PETROZUATA de todas las condiciones de aplicación de dicho beneficio (…) y de la condición del bien importado como bien de capital (…) la misma incurre en un error de interpretación de la base legal que justifica su actuación (…)

Dispositiva

Declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad de comercio PETROLERA ZUATA, PETROZUATA, C.A., contra el acto tácito denegatorio producto del silencio administrativo por no decidir el Recurso Jerárquico interpuesto el 10 de agosto de 1998.

Palabras clave

administracion tributariaexoneracionimpuestoderecho a la defensamotivacionvicio en la causa

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