Sentencia N° 7 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de febrero de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00007, Exp. 2022-0178, 09/02/2023
Expediente2022-0178
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2023-02-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la solicitud de revocatoria de una multa impuesta a un grupo de jubilados del Ministerio Público, decidió revocar la sanción de multa de cincuenta veces el tipo de cambio oficial. Los demandantes argumentaron que la multa era inejecutable debido a su situación económica precaria y su condición de adultos mayores. La Sala consideró que la solicitud era procedente y que los reclamantes actuaron de buena fe, sin temeridad, buscando ejercer su derecho a la tutela judicial efectiva.

Extracto de la motiva

De la norma antes transcrita se desprende la existencia de un elemento temporal que condiciona la oportunidad en la que este medio de impugnación pueda solicitarse. Así, se requiere la realización de un análisis por parte del juzgador respecto a la oportunidad en la cual alguna de las partes que fuera sancionada hizo la petición, debiendo entenderse que deberá presentarse dicho reclamo “dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación”. Circunscribiendo lo anterior al caso bajo examen, de las actas que integran el expediente se aprecia que la sentencia mediante la cual se impuso la sanción de multa a los accionantes fue publicada el 11 de agosto de 2022, y los demandantes se dieron por notificados el 24 de enero de 2023, a través del escrito contentivo del reclamo de la multa, aunado a que el recibo de la notificación de dicha sentencia, dirigida a la parte actora, fue consignado en autos el día 25 de igual mes y año por el Alguacil de esta Sala. Asimismo, se evidencia -como ya se advirtió- que la solicitud de revocatoria de la multa fue presentada el 24 de enero de 2023, por lo que la misma fue interpuesta tempestivamente, esto es, dentro del lapso de tres (3) días que prevé el artículo 125 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se declara. Determinada la tempestividad de la petición, corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el reclamo planteado por los ciudadanos Mirian Veliz de Borrero, Yajaira Josefina Trujillo Muñoz, Alejandro Villarroel Espinoza, Xiomara Navas Vargas, Zaida del Carmen Herrera, María del Carmen García, Samia Abimeni Lesmes, Daisy María Rodríguez Rosal, Leyda Andrade Meleán, Wendy Coromoto Galvis Ramos y el abogado Rafael Luciano Pérez Moochett, todos antes identificados, contra la sanción de multa de cincuenta (50) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela, impuesta en la sentencia Nro. 00447 de esta Sala, publicada el 11 de agosto de 2022.

Dispositiva

Se revoca la sanción de multa impuesta en el punto Nro. 4 de la sentencia Nro. 00447 dictada por esta Sala en fecha 11 de agosto de 2022.

Palabras clave

revocatoriamultajubiladosMinisterio Públicoderecho a la tutela judicial

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