Sentencia N° 7 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de enero de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00007, Exp. 2006-1557, 09/01/2008
Expediente2006-1557
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2008-01-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario de Carlos Andrés Meneses Ruíz. La Sala confirmó la decisión de primera instancia, desestimando los argumentos del Fisco Nacional sobre la improcedencia de los intereses moratorios liquidados a cargo del demandado.

Extracto de la motiva

En virtud de la declaratoria contenida en la decisión judicial apelada y de los alegatos formulados en su contra por la representación judicial del Fisco Nacional, la controversia planteada en el presente caso queda circunscrita a decidir respecto a si el tribunal a quo incurrió en el vicio de falso supuesto de hecho al declarar: i) La improcedencia de los intereses moratorios liquidados a cargo del agente de retención Carlos Andrés Meneses Ruíz, por un monto de trescientos noventa y un millones doscientos ochenta y nueve mil quinientos ochenta y seis bolívares con noventa y cinco céntimos (Bs. 391.289.586,95), computados desde el 1º de septiembre de 1992, hasta el 1º de diciembre de 1999, por el retardo en el pago de las multas e intereses moratorios determinados, al haber enterado extemporáneamente retenciones del impuesto sobre la renta, correspondientes a los ejercicios económicos 1989 y 1990; y, ii) La obligatoria aplicación de la tasa máxima del 18%, prevista en el artículo 60 del derogado Código Orgánico Tributario de 1982, para el cálculo de los intereses moratorios.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia de fecha 25 de abril de 2005, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la representación judicial del agente de retención CARLOS ANDRÉS MENESES RUÍZ. 2.- SE CONFIRMA el fallo apelado. 3.- SE ORDENA a la Administración Tributaria, la emisión de nuevas planillas de liquidación, por el monto de tres millones doscientos noventa y cinco mil cincuenta y ocho bolívares con noventa y ocho céntimos (Bs. 3.295.058,98) expresado ahora en tres mil doscientos noventa y cinco bolívares con seis céntimos (Bs. 3.295,06), determinados en la sentencia apelada “(…) por concepto de intereses moratorios calculados desde el 06-07-1999 hasta el 01-12-1999 (…)”, por cuanto los mismos quedaron firmes. 4.- SE CONDENA EN COSTAS al Fisco Nacional, por un monto equivalente al uno por ciento (1%) de la cuantía del recurso contencioso tributario, conforme al dispositivo contenido en los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por mandato del artículo 332 del Código Orgánico Tributario.

Palabras clave

intereses moratoriosrecurso contencioso tributarioFisco Nacional

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