Sentencia N° 699 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de octubre de 2024

TSJ/SPA, Sent. N° 00699, Exp. 2024-0170, 03/10/2024
Expediente2024-0170
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2024-10-03
DecisiónDecaimiento del objeto

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, declara el decaimiento del objeto del recurso contencioso tributario interpuesto por el Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal, contra la Providencia Administrativa número 0013, emitida por la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria del Municipio Bolivariano Libertador. La decisión se basa en que la Providencia impugnada fue derogada y, por lo tanto, no tiene vigencia en el ordenamiento jurídico. Se argumenta que la Providencia Administrativa número 0013 no estableció expresamente un monto de retención del impuesto, lo que generó confusión sobre las obligaciones del Banco de Venezuela como agente de retención. La Sala concluye que, dado que la normativa impugnada ya no es aplicable, se configura el decaimiento del objeto y se termina el procedimiento. Finalmente, se ordena que las notificaciones relacionadas con este fallo se realicen a través de medios electrónicos, conforme a las disposiciones vigentes sobre notificaciones en el ámbito judicial.

Extracto de la motiva

motivación anterior éste Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto (…), ‘BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL’, Sociedad Mercantil del Estado venezolano, contra el Acto Administrativo de Efectos Generales en Materia Tributaria, contenida en la Providencia Administrativa N° 0013-2018, de fecha nueve (9) de julio de 2018, emanada de la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria del Municipio Bolivariano Libertador, publicada en la misma fecha en la Gaceta Municipal N° 4.331, mediante la cual se establece y se regula la calificación de los Sujetos Pasivos Especiales del Impuesto Sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o Índole Similar en jurisdicción del antes identificado Municipio, y contra el Acto Admin

Dispositiva

Declara el decaimiento del objeto del recurso contencioso tributario con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, interpuesto por la sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, contra la Providencia Administrativa número 0013, emitida por la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, publicada en la Gaceta Municipal del referido ente político-territorial número 4.331, de fecha 9 de julio de 2018, y el Oficio número 576, del 16 de julio de 2018.

Palabras clave

decaimiento del objetorecurso contencioso tributarioProvidencia AdministrativaBanco de Venezuela

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