Sentencia N° 699 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de junio de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00699, Exp. 2010-0471, 26/06/2013
Expediente2010-0471
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-06-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por Diageo de Venezuela, C.A. contra la Resolución Nº GF/0/2008-000350 del 19 de junio de 2008, emitida por el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH). La Sala consideró que los aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) no se rigen bajo el sistema tributario, y que la base de cálculo de dichos aportes es el salario integral, conforme a la normativa vigente. Asimismo, se anuló la sentencia N° 011/2010 del 17 de marzo de 2010 del tribunal remitente, por lo que no procede conocer el recurso de apelación.

Extracto de la motiva

En orden a lo anterior, corresponde a la Sala decidir el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Diageo de Venezuela C.A., el cual se concreta a los alegatos siguientes: 1) Los aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) revisten naturaleza tributaria, por lo cual son aplicables a los mismos las disposiciones del Código Orgánico Tributario de 2001. 2) Violación del derecho de su representada a ser oída. 3) Prescripción de los aportes correspondientes a los períodos comprendidos entre enero de 2002 y diciembre de 2003. 4) Ausencia absoluta del procedimiento legalmente establecido. 5) Inmotivación del acta de fiscalización y de la resolución impugnada. 6) Falso supuesto al determinar erradamente la base de cálculo de los aportes al fondo de ahorro obligatorio. 7) Ausencia de base legal en la determinación de los rendimientos.

Dispositiva

1.- NULA la sentencia N° 011/2010 del 17 de marzo de 2010 dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por lo que no procede conocer el recurso de apelación. 2.- VÁLIDAS las demás actuaciones procesales cumplidas ante el mencionado tribunal. 3.- SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Diageo de Venezuela, C.A. contra la Resolución Nº GF/0/2008-000350 de fecha 19 de junio de 2008, emitida por la Gerencia de Fiscalización del Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat (BANAVIH), acto administrativo que queda FIRME.

Palabras clave

NulidadAportesFAOVContencioso-Administrativo

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