Sentencia N° 694 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de junio de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00694, Exp. 2013-0415, 11/06/2015
Expediente2013-0415
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-06-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por Gleysi Iraima Ceballos Rey contra la Resolución Nro. 108.10 de fecha 1° de marzo de 2010, que impuso sanciones por incumplimiento de medidas administrativas. La decisión confirma el acto administrativo impugnado, ratificando las multas impuestas por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario. La Sala argumenta que la recurrente no demostró haber cumplido con las obligaciones impuestas por la normativa aplicable.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse respecto a la apelación incoada por la representación judicial de la ciudadana Gleysi Iraima Ceballos Rey, antes identificada, contra la sentencia Nro. 2012-1862 dictada el 14 de agosto de 2012 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró Sin Lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad. El apoderado judicial de la recurrente cuestiona no sólo el criterio utilizado por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en su decisión, sino el de la Administración respecto a la validez de la Resolución Nro. 338.10 del 2 de julio de 2010 por la que fueron declarados Sin Lugar los recursos de reconsideración interpuestos por su representada y los demás miembros de la Junta Directiva de la citada empresa, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nro.108.10 de fecha 1° de marzo de 2010. Por consiguiente, fueron ratificadas las sanciones de multa aplicadas a los miembros de la indicada Junta Directiva y, específicamente, a la recurrente, por la cantidad de Treinta y Ocho Mil Setecientos Ocho Bolívares Con Treinta y Tres Céntimos (Bs. 38.708,33), con ocasión del incumplimiento de las medidas administrativas impuestas a esa compañía de acuerdo a lo estatuido en los artículos 427 y 428 del Decreto Nro. 6.287 Con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras de 2008.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el apoderado judicial de la ciudadana GLEYSI IRAIMA CEBALLOS REY, antes identificada, contra la sentencia Nro. 2012-1862 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el 14 de agosto de 2012. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado y se declara FIRME el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

NulidadSancionesContencioso Administrativo

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