Sentencia N° 693 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de junio de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00693, Exp. 2004-0519, 23/06/2004
Expediente2004-0519
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaAdministrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2004-06-22
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana María de los Ángeles Abenante de Ceballos, representada por los abogados Felicia Katiusha Hernández y Antonio J. Paraco M., contra el Ministro del Interior y Justicia. La decisión se basa en la falta de competencia de la Sala para conocer del caso, dado que se interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad junto con una acción de amparo constitucional.

Extracto de la motiva

Antes de cualquier otra consideración, es menester destacar que por sentencia de fecha 20 de marzo de 2001, caso: Marvin Enrique Sierra; esta Sala Político Administrativa, luego de concluir en la necesidad de reforzar la idea de una tutela judicial efectiva, consideró de obligada revisión el trámite que se le ha venido dando a la acción de amparo ejercida de forma conjunta, pues si bien con ella se persigue la protección de derechos fundamentales, ocurre que el procedimiento seguido al efecto se ha mostrado incompatible con la intención del constituyente de 1999, el cual se encuentra orientado a la idea de lograr el restablecimiento de derechos de rango constitucional en la forma más expedita posible. Por ello se estableció que el carácter accesorio e instrumental propio del amparo ejercido de manera conjunta, hace posible asumirlo en idénticos términos que una medida cautelar, con la diferencia de que el primero alude exclusivamente a la violación de derechos y garantías de rango constitucional, circunstancia ésta que por su trascendencia, hace aún más apremiante el pronunciamiento sobre la procedencia de la medida solicitada.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente querella funcionarial intentada por los abogados Felicia Katiusha Hernández y Antonio J. Paraco M., actuando como apoderados judiciales de la ciudadana MARÍA DE LOS ANGELES ABENANTE DE CEBALLOS, antes identificados. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionalnulidadderechos fundamentalestutela judicial efectivacompetenciarelación de empleo público

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